La homeopatía sigue en el limbo legal

Estimado Compañero:

Empezamos así porque lo que queremos es eso, tratarte como a un compañero, y no como a un cliente a quien hay que convencer para que compre algún producto. Un compañero que tiene, además, una función social importantísima: el consejo farmacéutico es muchas veces lo primero que buscan las personas que se sienten enfermas, y por eso nuestra obligación es que las farmacias sigan siendo establecimientos sanitarios que ofrezcan calidad y rigor, no bazares donde todo vale.

Estos días un conocido fabricante de homeopatía nos ha remitido una carta en la que intenta convencernos de que sigamos comercializando sus productos a base de argumentos legales. Y como esa calidad y rigor también debe ser el criterio con el que juzguemos la propaganda que recibimos, hemos decidido analizarlos.

Empecemos

Resulta un poco chocante que un fabricante de homeopatía hable del conocimiento científico para intentar defender sus productos. Desde la Real Academia Nacional de Farmacia al Consejo Asesor Científico de las Academias Europeas (EASAC), desde la Sociedad Española de Farmacia Familiar y Comunitaria (SEFAC) a la Sociedad Española de Farmacia Hospitalaria (SEFH), desde la Organización Médica Colegial hasta el Ministerio de Sanidad, todas las instancias médicas, farmacéuticas y científicas coinciden en la ineficacia de la homeopatía e incluso en la peligrosidad de dispensar estos productos inertes como si fueran auténticos fármacos. Todas excepto, casualmente, quienes hacen negocio con ellos, recetándolos y vendiéndolos.

Quizá la prescripción de homeopatía pueda defenderse hablando de la libertad de creencias, por ejemplo, pero hacerlo apelando a la ciencia es casi un chiste. Y malo.

La historia de cómo la industria homeopática, asustada porque no podía demostrar que sus productos funcionen, consiguió colarlos en las Directivas europeas y conseguir un régimen de autorización excepcional, sin tener que demostrar su eficacia o seguridad, es bastante conocida. Pero lo importante aquí no es eso, sino lo que el propio título del Real Decreto 1345/2007 nos dice: el Decreto regula el procedimiento de autorización, registro y condiciones de dispensación de los medicamentos.

El pasado mes de abril nos sorprendimos con la noticia de que el Ministerio de Sanidad publicaba una Orden Ministerial para dar inicio al procedimiento de autorización y registro de los productos homeopáticos. La Orden resultó bastante polémica, y parecía responder más a los intereses de la industria que a los de los consumidores, pero en cualquier caso puso en marcha un proceso que llevará a que los productos que cumplan las condiciones del Real Decreto 1345/2007 sean autorizados… en su momento. De hecho, el proceso está aún en sus fases iniciales, y la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios ni siquiera ha abierto el plazo para la presentación definitiva de las solicitudes de autorización.

Que existan normas que regulen el procedimiento para autorizar un producto no quiere decir, ni mucho menos, que ese producto ya esté autorizado por arte de magia. Y eso seguro que el fabricante que envió la carta lo sabe, aunque quizá tenga la esperanza de que nosotros no lo sepamos.

Es de agradecer que el fabricante nos recuerde algunos artículos de la Ley de Garantías y Uso Racional de los Medicamentos, pero lamentablemente se ha olvidado de uno tan importante o más que los que cita: el 9.1, que literalmente dice que

“Ningún medicamento elaborado industrialmente podrá ser puesto en el mercado sin la previa autorización de la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios e inscripción en el Registro de Medicamentos”.

Como decíamos más arriba, en la actualidad se ha puesto en marcha un proceso para autorizar y registrar estos productos. Ya veremos qué resultados produce, pero mientras tanto la realidad es que los remedios homeopáticos no cumplen los requisitos del artículo 9.1 de la ley (y el 4.1 del Real Decreto 1345/2007, que insiste en lo mismo y que el laboratorio también se ha olvidado de citar), y por lo tanto su venta no solo es contraria a la ética y la ciencia, también a la ley.

Terminar una carta a un cliente con una amenaza no parece una estrategia comercial muy acertada, y menos haciéndolo con una cita equivocada (en realidad es el artículo 111.2.b.15). Pero, además, puestos a amenazar podrían haber sido más contundentes.

Por ejemplo, el artículo 111.2.c.1 de la Ley tipifica como infracción muy grave

“Poner en el mercado medicamentos de cualquier naturaleza sin haber obtenido la preceptiva autorización sanitaria para ello.”

Peor aún: el artículo 361 del Código Penal dice que

“El que fabrique, importe, exporte, suministre, intermedie, comercialice, ofrezca o ponga en el mercado, o almacene con estas finalidades, medicamentos, incluidos los de uso humano y veterinario, así como los medicamentos en investigación, que carezcan de la necesaria autorización exigida por la ley, o productos sanitarios que no dispongan de los documentos de conformidad exigidos por las disposiciones de carácter general, o que estuvieran deteriorados, caducados o incumplieran las exigencias técnicas relativas a su composición, estabilidad y eficacia, y con ello se genere un riesgo para la vida o la salud de las personas, será castigado con una pena de prisión de seis meses a tres años, multa de seis a doce meses e inhabilitación especial para profesión u oficio de seis meses a tres años.”

Y eso son ya palabras mayores.

Y ya sabemos que los fabricantes aseguran que los productos que estaban en el mercado en 1994 siguen vendiéndose gracias a una autorización provisional, pero, aunque esto fuera cierto, ¿cómo sabemos si un producto homeopático está o no en esa situación, si no podemos consultarlo en ningún registro? Si la ley exige que los productos estén autorizados y, además, registrados, ¿de verdad basta con esa autorización provisional? ¿Merece la pena arriesgarnos a cometer una infracción grave (o incluso un delito) por vender un producto que ni siquiera sabemos si es legal?

¿No son, todas esas, causas más que justificadas para dejar de vender placebos en las farmacias?

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